Economía

Confirman una deuda fiscal de una empresa del Grupo Macri

Se trata de la energética Yacylec, donde el Presidente tenía acciones antes de asumir

Catorce años después de recibir el expediente, el Tribunal Fiscal confirmó que una empresa que integró el presidente Mauricio Macri hasta 2016 adeuda decenas de millones de pesos en impuestos impagos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), más multas e intereses acumulados, y las costas derivadas del procedimiento. Los integrantes de la Sala D del Tribunal, Edith Gómez, Agustina O'Donnell y Daniel Martín, rechazaron así la apelación de Yacylec, la empresa a cargo de transportar la energía desde Yacyretá y en la que, junto a Sideco Americana, de los Macri, aparecen Enel, Electroingeniería, Impregilo y Sistranyac, entre otros accionistas. La AFIP le reclamaba a Yacylec una deuda de $6, 9 millones por el impuesto a las ganancias de 1998 a 2000 y 2002, más intereses, y una multa de $4, 8 millones, a lo cual se sumó luego otro reclamo por $1, 7 millones correspondientes al período fiscal 2001, más intereses, y una multa por otros $1, 2 millones. De este modo, y atento a los intereses acumulados durante años, el reclamo total de la AFIP podría superar los $46 millones contra Yacylec, empresa en la que Mauricio Macri retuvo el 5, 33% de las acciones hasta que, en febrero de 2016 y ya como presidente, las cedió al holding de su familia, que desde entonces conserva ese porcentaje. Para Yacylec, el reclamo de la AFIP no tenía sustento y argumentó que la forma correcta de calcular las amortizaciones en Ganancias le daban la razón, por lo que apeló ante el Tribunal Fiscal en 2004, por el primer tramo, y en 2007, por el tramo restante. Sus abogados plantearon que Yacylec recibió un canon durante quince años como única contraprestación por la construcción del sistema de transmisión de energía eléctrica entre la central de Yacyretá y la estación transformadora ubicada en Resistencia, Chaco, y que por tanto ese mismo plazo de 15 años debía tomarse como el indicado a los efectos del impuesto a las ganancias. El Tribunal Fiscal, sin embargo, le dio la razón a la AFIP, apoyado en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, del año 2010, en el que abordó cuál debía ser el plazo aplicable a la amortización de bienes de uso de una empresa concesionaria de un servicio público. Por eso, remarcó O'Donnell en el primer voto de la resolución, aunque Yacylec "ha aportado y rendido abundante prueba (. . . ) no ha logrado convencer que desde el punto de vista técnico, el plazo de amortización de las obras" que utilizó fuera el correcto. "La recurrente (por la empresa que integran los Macri) no ha aportado ningún elemento, sea informe, estudio o dictamen, confeccionado por técnicos idóneos en la materia, ni ha solicitado prueba pericial a cargo de profesionales independientes que respalden" su posición. O'Donnell estimó, sin embargo, que la discusión entre Yacylec y la AFIP era "de una complejidad y de una dificultad tal que justifica la existencia de posiciones encontradas", por lo que estimó que no correspondía aplicarle las multas previstas en el derecho represivo tributario, posición que no compartieron los restantes miembros del tribunal, que fueron más duros. "Si bien la actora (por Yacylec) invoca en su defensa la existencia de un error excusable", planteó Martín, con la adhesión de Gómez, "no se advierte en autos su configuración, es decir, la existencia de una causal exculpatoria válida que permita a la contribuyente eximirse de la responsabilidad endilgada, al encontrarse acreditada la omisión de pago del impuesto al haber presentado declaraciones juradas inexactas en los períodos involucrados en autos, lo que resulta merecedor de sanción", remarcó. Notificada la resolución, ahora la empresa puede aceptarla y, por tanto, proceder al reclamo correspondiente a períodos fiscales en los que aún regía la convertibilidad entre el peso y el dólar o, por el contrario, apelar la decisión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y mantener su posición hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, lo que podría conllevar años. La decisión de apelar o no comenzará a tomar forma a partir de este jueves, según reconstruyó LA NACION, cuando todas las empresas accionistas fueron convocadas a una reunión en la que participarán sus respectivos directores legales para determinar los pasos a seguir.

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