En un contundente fallo de casi 300 páginas, el juez federal Gustavo Lleral cerró la causa por la muerte de Santiago Maldonado. El magistrado dio por finalizado tanto el habeas corpus, destinado originalmente a determinar la desaparición del joven, como la causa por Desaparición Forzada, la principal hipótesis de la investigación. En este marco dictó el “sobreseimiento total y definitivo” de Emmanuel Echazú, Alferez de Gendarmería Nacional, que había quedado bajo sospecha de haber tenido alguna participación en lo ocurrido en el predio ocupado por una comunidad mapuche en Cushamen, en agosto de 2017. El juez Lleral refirió en su fallo que no hay ninguna duda acerca de las circunstancia de la muerte de Maldonado, ubicándola el 1 de agosto de 2017 en el río Chubut, Cushamen, por ahogamiento y en soledad. El magistrado hizo una dura alusión a los sectores que intentaron pervertir la investigación y sacar provecho de las versiones que apuntaban a un caso de violencia de Estado. Además concluyó que las nuevas pruebas que se han solicitado no sumarían ningún dato sustancial sino que, por el contrario, prolongarían innecesariamente el trámite de una causa que ya se encuentra esclarecida. Recibir newsletter El fallo llega 24 horas después de conocerse los resultados de los análisis hechos en los laboratorios del INTI sobre un conjunto de DNI similares al que llevaba Maldonado. El peritaje demostró que los documentos no son afectados por el agua a lo largo de 90 días y esto explica por qué el del joven se encontraba en buen estado. “En suma, analizada la sólida prueba reunida, y establecida con certeza la realidad de los hechos, corresponde descartar por completo la hipótesis criminal acerca de la presunta desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado”, indica Lleral. “Y tampoco se advierte la comisión de ninguna otra acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con los hechos objeto de la presente causa. Porque, en definitiva, no se constató la participación penal de persona alguna en los desgraciados hechos que se investigaron”, subraya, descartando la intromisión de terceros. “A través de la denuncia que dio origen a la presente causa penal, en cuyo marco se desarrolló una constante, ininterrumpida y exhaustiva investigación judicial independiente y transparente, dirigida a establecer las circunstancias que rodearon la desaparición de Santiago Andrés Maldonado, así como las eventuales responsabilidades penales”, apunta. Con esto el juez Lleral reafirma que la Justicia actuó de modo transparente y vuelve a refutar la necesidad de una nueva comisión solicitada por la familia Maldonado. “No se produjo la participación penalmente relevante de persona alguna, cabe concluir que toda la prueba ofrecida por las partes, y que se encuentra pendiente de despacho, resulta inconducente y, por ello, también inadmisible”, explica. “Es que resultaría abiertamente ocioso y estéril disponer la realización de diligencias a priori incapaces de conmover la arquitectura probatoria construida con los categóricos y copiosos elementos ya reunidos. Además, ello prolongaría inconstitucional e de modo no convencional la duración de un proceso judicial que se encuentra cierta e irreversiblemente definido por la vehemencia de los hechos acreditados”, agrega. El magistrado deja amplio espacio para reflexionar sobre los hechos que atravesaron la causa Maldonado y las hipótesis que apuntaban sin fundamentos a un hecho de Desaparición Forzada. “Así, la verdad revelada enmudeció los repiques del desconcierto y la incredulidad, propiciados por actores mezquinos e interesados en no hallarla nunca, en demorar su encuentro o negarla definitivamente”, dice. “Es por ello que, aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, aunque se pretenda evitar o demorar la realización de medidas de prueba, justamente, develadoras de esos hechos, aunque insistentemente se propongan infinitas medidas abiertamente inconducentes y dilatorias, y aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola”, fundamenta. Hacia el final del documento detalla las verdaderas circunstancias y la forma en que murió Maldonado. “Sin embargo, la verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”. Y sigue en su descripción. “La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, subraya. “Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima. Y sólo, talcomo se hundió, sin que tampoco en ese momento persona alguna lo advirtiera, emergió en el mismo lugar, en el remanso del río donde se había escondido y se había producido su sumersión. En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara”, continúa. “La verdad es esa. Cuando la simplicidad de las cosas es patente, sobrevuelan los sinsabores de la especulación espuria. El ser humano no puede detener su mente y su fantasía cuando la sencillez lo alcanza. Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”, concluye. Finalmente ordena el “sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú” y “No hacer lugar a las medidas de prueba solicitadas por las partes y que fueron oportunamente tenidas presente, ello por los argumentos expuestos en los considerandos pertinentes”. En tanto, Fernando Soto, director de Ordenamiento y Adecuación Normativa de las Fuerzas Policiales y de Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Nación, dijo a Clarín que "quedó demostrado que Maldonado murió ahogado, que no hubo participación en su lamentablemente fallecimiento de parte de personal de Gendarmería. También quedo en evidencia el intento de algunos grupos por interponerse a la Justicia y tratar de alentar una falsa Desaparición Forzada".
La Justicia Federal cerró el caso Santiago Maldonado: no hubo desaparición forzada
En un contundente fallo de casi 300 páginas, el juez federal Gustavo Lleral cerró la causa por la mu…