La juez 27 civil de terrorismo en funciones de juicio, Hennit Carolina López, los fiscales Farid Mora Salcedo y Dinorah Bustamante, no pudieron evitar que la altivez y el liderazgo del General de Brigada de la Guardia Nacional, Héctor Hernández Da Costa, uno de los oficiales más respetados de ese componente, hiciera vibrar la conciencia de los presentes, arrancara aplausos y gritos de los otros 16 imputados, cuando advirtió: “Los presos en un futuro serán otros y la República los castigará con todo el peso de la Ley”. Eso ocurrió el pasado miércoles, cuando se llevó a cabo la fase del juicio oral contra 17 personas por el caso del atentado contra Nicolás Maduro, el 4 de agosto 2018, en la avenida Bolívar de Caracas, durante el desfile del aniversario de la Guardia Nacional. Es mejor conocido como el caso de los drones. En esa fase se presentan los testigos que inculpan a los imputados, que en este caso son tres funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), pero solo uno de ellos tuvo esta vez oportunidad de hablar, el teniente Raymer Amaro, quien en su intervención afirmó que el general activo de la Guardia Nacional Héctor Armando Hernández Da Costa fue detenido el 18 de agosto 2018 en la sala de espera de la sede central de la DGCIM Boleíta Norte, Caracas. La abogada defensora del alto oficial, Soraya Castillo, interroga al testigo; el teniente Amaro cae en evidentes contradicciones porque fue público notorio y comunicacional que el general Hernández Da Costa fue detenido cinco días antes, porque su hija grabó el momento de la detención y lo transmitió, casi en vivo, a través de las redes sociales. Habla el general Cuando Hernández Da Costa se dirige al tribunal, se identifica, dice que es militar activo y que se declara inocente de los hechos que pretenden inculparlo. “Nunca estuve presente en el sitio del suceso. Nunca conocí, a los autores materiales imputados por el Ministerio Público, ni de vista, trato o comunicación. Nunca estuve en Chinácota, Colombia, lugar donde según la Fiscalía se realizó la planificación de ese hecho ocurrido el 4 de febrero 2018”. Como prueba de ello hace referencia a sus “movimientos migratorios y el posicionamiento geo referencial de mi teléfono, que fue incautado por la DGCIM, durante el allanamiento ilegal y arbitrario en mi hogar”. Agrega el general “en mi poder nunca se encontraron objetos activos o pasivos por la perpetración de estos hechos”. “Lo insólito es que estos falsos testigos promovidos por el Ministerio Público son agentes aprensores, son testigos y también custodios. ¿Usted señora juez puede explicarnos esto?”. “Me atrevo a dirigirme a este tribunal y desmentir a este funcionario Raymer Amaro, quien miente, porque él no debe presentar una prueba totalmente falsa. Fui secuestrado el 13 de agosto del 2018 hasta el 19 de agosto, fecha en la que fui presentado en el Palacio de Justicia y cuya audiencia fue suspendida, sin explicación alguna, hasta el día 21. Un día antes sembraron un falso positivo para proyectar un crimen en mi contra, en una perversa y deliberada actuación policial, para que el día 21 el Ministerio Público solicitara, como lo hizo, la medida privativa de libertad”. Dijo el general, retando al capitán de la DGCIM Raymer Amaro, que “hay una prueba contundente”, refiriéndose al video que hizo su hija en su lugar de detención, que fue en su apartamento en Chacao el lunes 13 de agosto a las 8 de la noche. La frase lapidaria que lanzó el general Hernández Da Costa ese miércoles 29 de enero 2020: “Los presos en un futuro serán otros y la República los castigará con todo el peso de la Ley”. La casi totalidad de los imputados arrancaron en aplausos, lo que causó la ira de la juez Hennit Carolina López, quien ordenó que todos los que aplaudieron salieran de la sala. Los más jóvenes lo hicieron de primero mientras gritaban “abajo la dictadura. Viva la libertad”. El diputado Juan Requesens se puso de pie y se unió al grupo de quienes aplaudieron, dirigiéndose al tribunal dijo: “Yo no aplaudí pero igual me salgo, porque estoy de acuerdo con todo lo que dijo el general Hernández da Costa y me solidarizo con él y la moral y dignidad que él representa”. La juez no supo cómo responder y por un momento suspendió la audiencia, porque los jóvenes detenidos le exigían a ella y a los fiscales el cese de la mentira, gritándoles que se apegaran a la verdad de los hechos. Por su parte el general Hernández Da Costa permaneció allí de pie hasta que vio que traían a un nuevo testigo en su contra. El discurso y el liderazgo del general dejaron una estela de dignidad y asombro en la sala del tribunal, que no logró la reanudación de la audiencia en ese momento. El 5 de febrero continúa el juicio. Violentando sus derechos Por ser el general Hernández Da Costa un alto oficial de la Fuerza Armada Nacional, debió ser sometido a un antejuicio de mérito, que en este caso no solo no se cumplió sino que sus derechos fueron violentados, porque además de ese hecho está que sus jueces naturales son militares, no civiles. La anterior juez de control de Terrorismo fue Carol Padilla. Ahora es una juez de juicio en funciones civiles que es López. En este proceso los jueces de control como de juicio en lo penal, son jueces ordinarios en sus respetivas jurisdicciones. Han sido designados, en el caso del Magnicidio, bajo la etiqueta y en funciones adicionales para atender casos de militares activos. Estamos ante una subordinación que atenta contra la normalidad institucional. ¿Es que ese es un supra tribunal? Hay que agregar que el general Hernández Da Costa fue recluido en la cárcel de alta seguridad en Fuerte Tiuna, a cargo de la DGCIM, donde se le violentan los derechos mínimos, incluso al contacto físico con su familia como también ocurre con el Mayor General Miguel Rodríguez Torres y el general en Jefe Raúl Isaías Baduel. Hernández Da Costa está bajo protección de medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA), desde octubre 2019, pero el Gobierno venezolano las ha ignorado. Tampoco se cumplen con él las llamadas Reglas Mandela establecidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por ejemplo en el caso del aislamiento al que es sometido las 24 horas del día. La visita de abogados y familia debe hacerlas a través de un vidrio y sin ningún tipo de privacidad. MÁS SOBRE ESTE TEMA:
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