Política

Para la Convención Interamericana de Derechos Humanos "el embrión no es persona"

El organismos fijó posición a partir de un pedido del diputado Daniel Lipovetzky, quien ha conducido los debates en el plenario,

La discusión sobre si el embrión es persona o no ocupó muchas de las 130 horas de debate en estos dos meses de reuniones del plenario de diputados que trata la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Quienes apoyan la legalización aseguraron que el embrión no es persona, y que los derechos de las mujeres están por encima. Quienes se oponen a la legalización del aborto sostuvieron que el embrión es persona y de allí las frases de “estoy por la vida” o “salvemos las “dos vidas”. La Convención Interamericana de Derechos Humanos (C. I. D. H. ) acaba de decir, una vez más, que “no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”. Lo hizo ante el pedido expreso del diputado Daniel Lipovetzky, quien ha conducido los debates en el plenario. Así, la C.I.D.H. ratificó la compatibilidad de la Convención Americana con los proyectos de Interrupción Voluntaria del Embarazo que se debaten en el Congreso. La C.I.D.H. reconoce que la Corte Interamericana de Derechos Humano ha dicho: “toda persona tiene derecho a que se respete su vida (. . . ) y este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción (...). La Corte Interamericana de Derechos humanos, órgano encargado de interpretar la letra de la Convención, ha establecido que no es admisible otorgar la condición de persona al embrión. La protección del derecho a la vida en virtud del artículo 4 de la Convención Americana “no es absoluta, sino es gradual e incremental (…), debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general”. La Corte “observa que las tendencias de regulación en el derecho internacional no llevan a la conclusión que el embrión sea tratado de manera igual a una persona o que tenga un derecho a la vida”. También se refirió al derecho a la vida privada, a la vida familiar y a formar una familia y su relación con los derechos sexuales y reproductivos, y resalto que la Corte afirmó que "el derecho a la vida privada está relacionado con: (I) la autonomía reproductiva y (II) el acceso a los servicios de salud reproductiva, que incluye el derecho a acceder a la tecnología médica necesaria para ejercer este derecho", y que no permitir a las mujeres “decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y por consiguiente el tamaño de su familia” constituye una injerencia arbitraria en la vida privada. “Se decía que la despenalización del aborto violaba la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y por eso era inconstitucional. Ha quedado claro que no lo es –dice Lipovetzky-. La propia Comisión lo ha ratificado con el informe que nos ha brindado en base a mi pedido”. El diputado hizo el pedido horas antes que el plenario formado por 102 diputados firme el dictamen que será tratado en el recinto en un debate histórico que comenzará el miércoles 13 y que todo indica que será muy largo. Los votos, por el momento, están parejos.

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