En una sentencia histórica, de más de mil páginas, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de los genocidas en el marco del denominado Plan Cóndor de represión interamericana durante las dictaduras del continente, entre los años setenta y ochenta. La sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Mariano Borinsky, como presidente, los vocales Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos resolvió rechazar los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por las defensas de Santiago Omar Riveros, Rodolfo Emilio Feroglio, Luis Sadí Pepa, Néstor Horacio Falcón, Eduardo Samuel De Lio, Antonio Vañek, Humberto José Román Lobaiza, Felipe Jorge Alespeiti, Eugenio Guañabens Perelló, Carlos Humberto Caggiano Tedesco, Manuel Juan Cordero Piacentini, Federico Antonio Minicucci y Miguel Ángel Furci. Así quedaron confirmadas las condenas dictadas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 en el marco de la megacausa que unificó todos los procesos referidos a los delitos de lesa humanidad cometidos por las dictaduras de seis países de la región. En el 2016, catorce ex jefes militares y de inteligencia argentinos y uno uruguayo fueron condenados a penas de entre 8 y 25 años de prisión por los delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del Plan Cóndor. Dos de las mayores condenas recayeron sobre el ex jefe de la guarnición militar de Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros (a 25 años) y el último dictador y antes jefe de Institutos Militares, Reynado Bignone (20 años), que murió en marzo de ese año. También condenaron a 25 años el ex agente de la SIDE, Miguel Angel Furci y el represor uruguayo Cordero Piacentini por su rol en el centro clandestino Automotores Orletti, epicentro de la persecución a uruguayos en la Argentina. “Ha quedado demostrada la existencia de una organización internacional constituida por los más altos funcionarios de los Estados de la región, sus subalternos y quienes ejecutaron por cuenta propia las decisiones que estos tomaban, que actuaron coordinadamente, con rotación de sus miembros ocupando distintos cargos y roles, de modo tal que garantizaron la permanencia de la organización y la concreción de los procedimientos de secuestro, alojamiento en centros clandestinos destinados al efecto y práctica de la tortura como método para la obtención de información. Del estudio de los hechos tenidos por ciertos se observa que cada uno de los condenados realizó los aportes efectivos y concretos como producto de su cargo y función”, escribieron los camaristas. En las conclusiones indicaron que “ello fue hecho en forma coordinada con los demás miembros de la asociación delictual estable, que actuó en el marco de un plan elaborado previamente. Todo esto fue aprobado claramente por los condenados que a través de sus actos demostraron la intención de permanecer en esa sociedad y por la naturaleza de los mismos el conocimiento de la ilicitud de lo que estaban llevando a cabo”. Este acuerdo de carácter clandestino instauró una asociación ilícita entre las fuerzas represivas de la Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, con el propósito de coordinar y maximizar las acciones de las dictaduras. El plan se aplicó desde 1975 con el intercambio de información sobre dirigentes políticos, sindicalistas y estudiantes con el objetivo de eliminar actividades denominadas “terroristas”. La segunda fase del plan consistió en la conformación de equipos especiales transnacionales para el secuestro y detención de los “objetivos” que eran sometidos a interrogatorios y sesiones de tortura. De acuerdo con un informe del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos de Unesco de 2015, las víctimas fueron 376: 177 uruguayos, 72 argentinos, 64 chilenos, 25 paraguayos, 15 peruanos, 12 bolivianos, cinco brasileños, tres cubanos, dos estadounidenses y un español. Todavía permanecen desaparecidos 219 y 38 fueron hallados sin vida. Entre los sobrevivientes está el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel.
Plan Cóndor sin impunidad
Los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos rechazaron los recursos presentados por los abogados de los genocidas y confirmaron las penas del Tribunal Oral Nº 1.