La Cámara Federal de Casación Penal, liderada por el juez Alejandro Slokar, uno de los máximos referentes de Justicia Legítima, ordenó que la comunidad mapuche Campo Maripe pueda transitar y, en definitiva, permanecer en una de las áreas de mayor producción de Vaca Muerta, sobre la que mantiene una fuerte disputa territorial con YPF y la provincia de Neuquén. Fuentes del Ministerio de Seguridad de la Nación advirtieron a Clarín que el fallo ocurre en el contexto de la puesta en marcha de un flamante operativo conjunto de tres provincias –Neuquén, Río Negro y Chubut– y el Gobierno, destinado a combatir a la agrupación Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) a la que se le adjudican más de 95 atentados. En 2017 se produjeron tres ataques incendiarios en la "norpatagonia", dos de ellos en noviembre contra pozos petroleros y de gas. Todos fueron reivindicados por este grupo indígena. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por las familias "Campo Maripe", mediante el cual determinó que se acelere un Habeas Corpus en favor de los mapuches, que les permitirá circular sin restricciones en el área conocida como Fortín Vanguardia a unos 5 kilómetros de Loma Campana. Se trata de la principal explotación que tiene hoy la sociedad YPF/Chevron en Vaca Muerta, uno de los mayores yacimientos no convencionales del mundo de gas y petróleo. En un extenso fallo, el juez Slokar, secundado por María Figueroa y Gustavo Hornos, se expresa sobre el derecho que tienen los pueblos indígenas a las tierras en discusión cuando su actividad es preexistente a la fundación de las naciones. Slokar llega incluso a citar un documento elaborado por el Papa Francisco para fundamentar su fallo que apunta a los proyectos extractivos. "Los indígenas por el hecho de su propia existencia tienen derecho a vivir libremente en sus territorios; la estrecha relación que los indígenas mantienen con la tierra debe de ser reconocida y comprendida como la base fundamental de sus culturas, su vida espiritual, su integridad y su sistema económico", señala en un párrafo el texto. Luego alude a las palabras del Supremo Pontífice en las que se condena al “capitalismo predatorio”. (. . . ) no puede soslayarse que, frente a un capitalismo predatorio, en la Carta Encíclica sobre el cuidado de la casa común "Laudato si", S.S. Papa Francisco advierte que: "146. (. . . ) es indispensable prestar especial atención a las comunidades aborígenes con sus tradiciones culturales. No son una simple minoría entre otras, sino que deben convertirse en los principales interlocutores, sobre todo a la hora de avanzar en grandes proyectos que afecten a sus espacios”, recuerda. El magistrado también invoca en su escrito el Convenio 169 de la OIT, declaraciones y pronunciamientos en este mismo sentido de la ONU, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros. El fallo deja sin efecto una anterior sentencia del juez federal Gustavo Villanueva que ya había negado un Habeas Corpus preventivo solicitado por los abogados de la comunidad mapuche. De acuerdo a los integrantes de la familia "Campo Maripe" los días 21 y 22 de junio de 2017 vieron amenazada su libertad de circulación y seguridad personal durante un operativo de Seguridad Nacional en Fortín Vanguardia. Sin embargo, la decisión acerca de si los aborígenes tienen confirmada una presencia ancestral es un tema que todavía no está totalmente determinado. Aún se mantienen en discusión estudios antropológicos e históricos referidos a esta presencia en una zona desértica de la Patagonia.
Con citas al Papa, un fallo favorece a los mapuches en Vaca Muerta
Es de Casación y les permite circular sin restricciones en una de las zonas de mayor producción.