Política

La Corte Suprema ordenó que Milagro Sala no esté detenida en una cárcel

El Máximo Tribunal confirmó su prisión preventiva pero ordenó su traslado. Aducen problemas de salud.

La Corte Suprema de la Nación ordenó que Milagro Sala no debe estar detenida en una cárcel por sus problemas de salud. La decisión se conoció este miércoles y llega tras un reclamo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Ahora, será la Justicia de Jujuy la que deberá disponer el traslado de la líder de la Tupac Amaru, actualmente presa en el penal de Alto Comedero. Paradójicamente, el beneficio para Sala se produce con un fallo en el que el Máximo Tribunal rechazó un viejo reclamo de la dirigente kirchnerista para que le revoquen la prisión preventiva. Lo desestimaron y esa decisión de la Justicia jujeña quedó confirmada. Sin embargo, la Corte sí hizo lugar al reclamo de la CIDH para que Sala sea trasladada. Más allá del pedido del organismo internacional que integra Eugenio Zaffaroni, ex cortesano nacional, el propio Máximo Tribunal había estado involucrado en el tema cuando requirió, a principios de este año, que sea monitoreado el estado de salud de la ex piquetera. Fuentes judiciales aseguran que presenta "inconvenientes psiquiátricos". Aliados de la líder de la Tupac llegaron a hablar de intentos de suicidio, que la Justicia y el Gobierno de Jujuy se preocuparon en desmentir. Verdad o simulación, para la Corte, la situación amerita al menos su traslado. Detenida desde enero de 2016, apenas asumió el gobernador radical Gerardo Morales, Sala ya había obtenido la prisión domiciliaria este año, pero fueron menos de dos meses, entre agosto y octubre. Entonces, días antes de las elecciones, uno de los magistrados provinciales que la juzga, Pablo Llermanos, decidió volver a llevarla a prisión carcelaria porque aseguró que había violado las condiciones de la detención domiciliaria, supuestamente recibiendo más gente de la permitida y negándose a controles médicos. La decisión sobre confirmar la prisión preventiva se tomó por unanimidad de los cinco miembros de la Corte. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, por otro lado, fueron los que ordenaron que se cumpla con la sentencia de la CIDH en cuanto a la prisión domiciliaria. Carlos Rosenkrantz se diferenció y ordenó la remisión de los autos para que en primer lugar se pronuncien los tribunales de la causa respecto de lo ordenado por la Corte Interamericana. Así, quedó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy que convalidó la prisión preventiva de Sala y había sido ordenada por existir "riesgo de obstaculización del proceso" en el que se le imputó la comisión de los "delitos de asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión". La defensa de la dirigente argumentaba que su detención era "arbitraria", alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal. La Corte Suprema lo descartó. En cuanto a la orden sobre la prisión domiciliaria, en el comunicado oficial del Máximo Tribunal se destaca que el reclamo de la CIDH, realizado el 23 de noviembre, debe resolverse "con urgencia".

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