Política

Un fallo judicial avala el decreto para agilizar la expulsión de extranjeros con antecedentes penales

El gobierno de Mauricio Macri logró un fallo judicial de primera instancia que convalidó el decreto 7

El gobierno de Mauricio Macri logró un fallo judicial de primera instancia que convalidó el decreto 70/2017 por el cual se agilizaron los procesos de expulsión de personas extranjeras con antecedentes penales, que hayan cometido o no delitos en nuestro país, y se prohibió el ingreso de extranjeros vinculados con delitos. El decreto de necesidad y urgencia (DNU), firmado por Macri, había sido impugnado por tres organizaciones civiles, pero el juez en lo contencioso administrativo federal número 1, Ernesto Marinelli, rechazó la acción de amparo colectiva. Resolvió que la norma "conserva su eficacia desde su vigencia" desde el 27 de enero de 2017. Por lo tanto, ratificó el mecanismo de expulsión e impedimento de ingreso al país. La demanda había sido presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y por el Colectivo por la Diversidad. El CELS, presidido por Horacio Verbitsky, suele coincidir con las posturas políticas del kirchnerismo. Luego del fallo, estas ONGs apelaron, pero el decreto mantiene vigencia hasta que la Justicia resuelva. Desde el Gobierno, ese DNU fue parte de las políticas de lucha contra la inseguridad ciudadana, habida cuenta que gran cantidad de delitos comunes son cometidos por extranjeros. Para los sectores vinculados a los derechos humanos atenta contra las garantías de los delincuentes. El DNU modificó criterios de impedimentos de ingresos y permanencia al territorio nacional de ciudadanos extranjeros involucrados con delitos. También reguló un procedimiento migratorio más rápido para las expulsiones vinculadas al delito o al ingreso ilegal en el país. El amparo colectivo que impugnó la medida pidió la "nulidad absoluta e insanable" del DNU porque supuestamente lesionaba garantías mínimas de debido proceso, el derecho a la protección judicial efectiva y al acceso a la justicia, el derecho a igual protección de la ley, a la no discriminación y a la libertad ambulatoria, entre otras cosas. Según aseguraron a LA NACION fuentes allegadas al director nacional de Migraciones, Horacio García, el decreto se ajustó a la ley migratoria 25.871 en a las causales de expulsión o impedimento para ingresar previstas en el artículo 29 de esa norma. El DNU aceleraba los procesos y reducía los plazos de expulsión de extranjeros vinculados al delito. Por ejemplo, se redujo el procedimiento de tres etapas a una. "Antes la Justicia tenía un proceso muy extenso que duraba años hasta llegar a la expulsión", señalaron en Migraciones. "Ahora se establecieron plazos más cortos en la faz judicial y se obliga al Poder Judicial a hacerle saber a Migraciones la situación de los migrantes en conflicto con la ley, como una detención, procesamiento o elevación a juicio", dijo el funcionario. También puso de relieve que desde la vigencia del DNU 70 hubo unas 600 impugnaciones a la norma, que atacaron la constitucionalidad del decreto, pero también se produjeron 119 sentencias favorables a la vigencia del DNU. La sentencia de Marinelli estableció que "debe ser desestimada la interpelación" a "la ampliación de los impedimentos para permanecer en Argentina y la cancelación de residencia". Y señaló que "el Estado argentino tiene el derecho soberano de decidir sobre la entrada y permanencia de personas extranjeras en su territorio". El juez señaló que el decreto no avanza sobre ninguna arista vinculada al derecho penal o procesal penal, que le está vedado, y que se basa en el proceso administrativo. En todo caso, dijo, "lo que en verdad es relevante" es que "ninguna de las causales impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros" se "presenta irrazonable, ilegal o arbitraria". Además, el magistrado, rechazó el amparo por entender que "el examen del DNU se encuentra reservado por el momento al Congreso" en cuanto "a su adecuación a los requisitos formales establecidos en la Constitución". El juez también subrayó también que Migraciones "deberá hacerles saber" a los extranjeros "que les asiste el derecho a la asistencia jurídica gratuita, si carecen de medios económicos" en procesos administrativos y judiciales "que puedan llevar a la denegación de su residencia legal o a la expulsión". También señaló que los acusados "tienen derecho a un intérprete si no comprendiesen o hablaren el idioma nacional".

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