El esquema estaba previsto. Y se ejecutó sin una sola falla. Ni bien la versión taquigráfica de la sesión del Senado de ayer esté lista, el presidente Alberto Fernández firmaría los decretos para remover de sus cargos actuales a tres jueces. Pero las formalidades de la Cámara alta tardaron algo más y cerró la edición del Boletín Oficial que se publicó hoy sin los desplazamientos de los magistrados Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli , que habían sido dispuestos en los tribunales que ocupan durante el gobierno de Mauricio Macri . Entonces, como para no perder un instante, a mediodía, y ni bien se pudo redactar y cumplir con las normativas, el Jefe de Estado estampó la firma en los decretos 750, 751 y 752 y, con la premura de quién hace los deberes y grita en clase "terminé" como para quedar bien con el profesor -la jefa, en este caso-, el Boletín Oficial publicó un anexo al mediodía que forma parte de la edición de hoy. Dice la ley que norma no publicada no causa efecto. Por lo tanto, al estar impresa, la remoción de los jueces ya es un hecho. De esta manera, el Poder Ejecutivo y el Senado consiguieron lo que la vicepresidenta exigía: que la Corte Suprema no llegue antes con un fallo que podría ser adverso. "Correspondiente a la edición Nº 34.476 de la Primera Sección del jueves 17 de septiembre de 2020" , se lee en la primera página de la edición de mediodía. Según los decretos, Bruglia y Bertuzzi deben dejar los lugares que ocupan hoy en la estratégica Cámara Federal porteña y Castelli , su cargo en el Tribunal Oral Federal 7, que deberá juzgar. Los tres tienen un juicio en común: la causa de los cuadernos de las coimas . Los dos primeros son los que revisaron las decisiones del juez de primera instancia, Claudio Bonadio en el juicio que se inició con las anotaciones del chófer Oscar Centeno . El otro, Castelli , es, o era, uno de los miembros del tribunal oral que juzgará ese expediente. La polémica por los jueces tiene una historia que empieza durante el gobierno de Mauricio Macri. Sucede que entonces, con gran cantidad de cargos vacantes y subrogancias, el Consejo de la Magistratura decidió completar algunos tribunales con jueces del mismo fuero. El Ministerio de Justicia, que conducía Germán Garavano , envió una consulta a la Corte para establecer si era posible trasladar magistrados de un juzgado a otro, siempre que se mantuviese la jerarquía, remuneración y jurisdicción. En abril de 2018, mucho antes de que se conozca la causa de los cuadernos, el tema llegó a la Corte. Si bien el Tribunal aclaró que este tema no es de competencia, en la Acordada 7/2018 decidió intervenir. "En razón a la naturaleza e implicancias de la cuestión que constituye el objeto de las consultas, corresponde que este Tribunal intervenga a fin de evitar situaciones potencialmente frustratorias del servicio de justicia o que puedan implicar un retardo en su prestación", argumentó. En resumen, el máximo tribunal estableció la autorización al traslado siempre, claro está que se trate de un mismo fuero, una misma jerarquía y una autorización del magistrado. "La hipótesis del traslado de un magistrado nacional de la Capital Federal para desempeñar funciones de la misma jerarquía dentro de la jurisdicción nacional, con igual o similar competencia material, mediando el consentimiento respectivo, resulta diametralmente diferente de la considerada y definida en la acordada 4/2018. De ahí, pues, que en tales situaciones cabe concluir que no es necesaria la instrumentación de un nuevo procedimiento de designación conforme las exigencias del articulo 99, inciso 4°, de la Constitución Nacional", definió. De esta manera, la triple instancia que debe cumplirse a la hora de designar un magistrado, la intervención del Consejo de la Magistratura, del Senado y de Poder Ejecutivo, ya estaba cumplido ya que todos los jueces habían sido nombrados en el marco de ese proceso. Uno de los temas que se planteó es el de la jerarquía. Por caso, Bruglia y Bertuzzi, eran jueces de un tribunal oral y pasaron a la Cámara de Apelaciones. Sin embargo, la argumentación del Consejo que avaló la Corte se basó en que un tribunal oral es, al menos, equiparable a una Cámara de Apelaciones por una razón. Los fallos de ese tribunal no son revisados por la Cámara sino por el Tribunal de Casación. Es decir, la Cámara es la alzada de primera instancia pero no de los jueces orales. de ahí que ambos cargos, para esta doctrina, son equiparables. Y los jueces, según lo establecido por la Constitución, estaban elegidos para esas tareas. Ahora será la Corte la que deba definir el futuro de los jueces y, de alguna manera, de esta posibilidad de traslados. Sea cual fuese su postura, sera polémica. Si avala lo hecho por el Poder Ejecutivo y el Senado deberá borrar con tinta blanca lo que dijo en 2018 en la acordada 7 y pagará el costo de desdecirse cuando los vientos cambian. Si mantiene su criterio, desatará un conflicto entre poderes.
Jueces: un presidente obediente que apuró la remoción para ganarle a la Corte
El esquema estaba previsto. Y se ejecutó sin una sola falla. Ni bien la versión taquigráfica de la se