Política

Pacto con Irán: el fiscal pidió iniciar el juicio oral contra Cristina Kirchner

Marcelo Colombo quiere que el Tribunal Oral Federal 8 ponga fecha al inicio de las audiencias. La causa comenzó con la denuncia de Nisman.

Tras rechazar el pedido de nulidad del juicio presentado por el actual Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el fiscal Marcelo Colombo solicitó al Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) que se avance hacia el inicio del juicio que tiene entre sus principales acusados a Cristina Kirchner por la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán. En el caso iniciado con la denuncia de Alberto Nisman, se la procesó por encubrimiento agravado. Hace cinco años que el fiscal Alberto Nisman denunció a Cristina por la firma del pacto con Teherán. Luego de reiteradas negativas el caso se investigó, y el 5 de marzo de 2018 el juez Claudio Bonadio envió la causa a juicio oral. Pero a pesar de que pasaron dos años, el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) que tiene asignado el juicio sigue sin ponerle fecha de inicio. Su argumento para explicar esa demora es el gran tamaño del expediente y la falta de personal para preparar las audiencias. Así lo plantearon sus jueces a la Corte. El primero en pedir la nulidad del caso fue el senador nacional del Frente de Todos Oscar Parrilli​. Lo hizo después de que Ana María Figueroa, una de las juezas que intervino en la causa, revelara que sufrió presiones del Poder Ejecutivo durante la gestión de Mauricio Macri. En ese momento, Cristina Kirchner dijo que había sido el ex representante del gobierno ante el Consejo de la Magistratura, Juan Mahiques. Con este telón de fondo pero apuntando a otros aspectos, el abogado de Zannini, Mariano Fragueiro Frías, pidió la nulidad de su procesamiento como también de la elevación a juicio oral del caso. Remarcó que la instrucción del caso no está concluida, ya que un tramo de la misma sigue en etapa de investigación, "sin embargo, la causa fue elevada a juicio por el entonces Juez Bonadio sin profundizar en torno a la participación que los miembros de Interpol podrían haber tenido, conforme lo indicaran los Jueces de la Cámara Federal". Al analizar la situación el fiscal ante el TOF 8, Marcelo Colombo, rechazó los argumentos de Zannini. En el dictamen al que accedió Clarín, una vez resuelto este punto, instó a que los jueces avancen hacia el inicio del debate oral. Sostuvo que la implicancia de los hechos investigados "imponen avanzar rápidamente a la instancia de debate para que sea allí, con la publicidad y amplitud probatoria que esta etapa garantiza, se resuelvan definitivamente las imputaciones”. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal, requirió que el Tribunal cite a una audiencia a las partes intervinientes en carácter de "preliminar" para que en la misma se definan las medidas de prueba ofrecidas. El pronunciamiento del fiscal Colombo se originó después de una serie de planteos en torno al rol de Ronald Noble ex titular de la Interpol. Tanto la defensa de Zannini como la de otros acusados, habían requerido que sea citado como testigo durante el caso. Sin embargo, las querellas sostienen que debe ser investigado como acusado en la investigación. Es de hecho, el tramo que aún continúa en instrucción a cargo del juez Marcelo Martínez De Giorgi, donde se busca desentrañar el rol de los integrantes de la Interpol y qué decisiones tomaron sobre las alertas rojas que pesaban sobre los ex funcionarios iraníes acusados por la justicia argentina como responsables del atentado a la sede de la AMIA, en 1994. Esas alertas rojas exigían que sean detenido en cualquier lugar del mundo en el que fueran descubiertos. Según la denuncia de Nisman, al iniciar una suerte de negociación, el objetivo del Memorándum era levantar esas alertas que pesaban -y aún pesan- sobre los iraníes. Por eso, se comenzó a investigar la participación de Robert Noble – ex secretario general de Interpol- en el presunto encubrimiento a los responsables del atentado. Durante la instrucción, entendió el fiscal Colombo, sus pares a cargo de la investigación "trataron a Noble como testigo, y solicitaron que fuera oído como tal, y por todas estas razones, es que bajo esa calidad también nosotros hemos solicitado su convocatoria, al momento del ofrecimiento de prueba que presentamos dos años atrás y que aún se encuentra sin proveer” por parte de los jueces responsables del juicio. Es por ello que Colombo explicó en su dictamen que “no existe imputación formal” contra Noble, quien siempre dijo que no se habían dado de baja a las alertas rojas contra los responsables iraníes del atentado. Avaló en este punto, que sea citado como testigo durante el debate oral. El 7 de diciembre de 2017, el juez Bonadio pidió el desafuero y prisión preventiva de la ex presidenta Cristina Kirchner. En aquel momento, la procesó por traición a la Patria, encubrimiento agravado y estorbo de un acto funcional, todo vinculado al pacto con Irán como supuesto beneficio para los acusados del atentado de la AMIA. Según la justicia, Cristina y varios de sus funcionarios diseñaron un "plan criminal" para "dotar de impunidad" a los iraníes responsabilizados de la voladura de la mutual judía. Catorce días después, la Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó el pedido de prisión preventiva y el procesamiento, pero dejó de lado la acusación por traición a la Patria. Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah determinaron que los delitos que recaían sobre los imputados eran: estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado. Con esa ratificación de la Cámara, quedó firme entonces que el pacto con Irán tenía como finalidad que los ciudadanos iraníes acusados por el ataque terrorista “pudieran sustraerse de la acción de la justicia -mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad”. Así, se los liberaba de “toda responsabilidad penal por dichos hechos -mediante la creación de una Comisión de la Verdad- y a través de esta, introducir una hipótesis alternativa”. En tal sentido, los camaristas explicaron en su resolución que se estableció un cuadro “indiciario, variado y unívoco que corrobora suficientemente los cargos” contra Cristina Kirchner, Eduardo Zuain, Oscar Parrilli, Carlos Zannini, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Jorge Khalil, Luis D'Elía y Fernando Esteche. También fue procesado el fallecido ex canciller Héctor Timerman. Se dio la razón a Bonadio, quien había planteado que, cada uno según su aporte específico, “se involucró” en el armado del Memorándum, las negociaciones que lo rodearon y las reuniones establecidas, algunas con carácter de “ocultas y otras públicas”. La Justicia concluyó que hubo un grupo cerrado que conoció los pormenores de la maniobra, “guiada por el ocultamiento, el secreto y la omisión de los canales regulares de actuación”. COMENTARIOS COMENTARIOS CERRADOS POR PROBLEMAS TÉCNICOS. ESTAMOS TRABAJANDO PARA REACTIVARLOS EN BREVE. Comentarios CARGANDO COMENTARIOS Para comentar debés activar tu cuenta haciendo clic en el e-mail que te enviamos a la casilla ¿No encontraste el e-mail? Hace clic acá y te lo volvemos a enviar. Para comentar nuestras notas por favor completá los siguientes datos.

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